Cómo tramitar y gestionar una herencia en España: guía completa 2026

Guia como tramitar una herencia en España

Cómo tramitar y gestionar una herencia en España: guía completa 2026

Cómo tramitar y gestionar una herencia en España: guía completa 2026 1000 667 admin

Gestionar una herencia en España puede ser un proceso largo y complejo si no se conocen los pasos legales y fiscales que deben seguirse. Además, es habitual que las personas se enfrenten a este procedimiento en momentos emocionalmente difíciles, lo que añade un nivel extra de estrés e incertidumbre.

En B&D Abogados de Herencias en Madrid, nuestro compromiso es ofrecer un servicio cercano y riguroso para que todo el proceso sea lo más ágil y seguro posible.

En esta guía te explicamos de manera clara y detallada los pasos necesarios para tramitar y gestionar una herencia en España, así como las diferentes situaciones que pueden darse según las características de la herencia.

El proceso sucesorio se inicia en el mismo momento del fallecimiento del causante. Desde ese instante se abre la sucesión y se llama a los herederos designados en testamento o, en su defecto, a los herederos legales según establece el Código Civil.

Para poder avanzar en la tramitación, los familiares deberán recopilar la siguiente documentación inicial:

  • Certificado de defunción: se solicita, o bien en el Registro Civil donde se ha producido el fallecimiento, o bien de manera telemática.
  • Certificado de actos de últimas voluntades: este documento, expedido por el Ministerio de Justicia, acredita si el fallecido dejó testamento y ante qué notaría.
  • Certificado de contratos de seguros de cobertura por fallecimiento: indica si el fallecido tenía contratado algún seguro de vida que genere derecho a cobro​.

Testamento o Sucesión intestada: dos caminos distintos

Certificado últimas voluntades

Herencia testada

Si existe testamento, los herederos deben solicitar una copia autorizada del último testamento ante el notario que lo haya custodiado. La sucesión testada se regirá por la voluntad del testador siempre que se respete la parte de la herencia llamada legítima, que corresponde por ley a determinados herederos forzosos, principalmente los descendientes​.

Sucesión intestada

Si no hay testamento, se aplican las normas de la sucesión intestada. En este caso, será necesario tramitar una declaración de herederos abintestato, que se realiza:

  • Ante notario: si los herederos son descendientes, ascendientes o cónyuge.
  • Ante el juzgado: cuando no existen estos herederos o cuando la relación es más lejana​.

Aceptación o renuncia de la herencia

Los herederos tienen tres opciones legales:

  1. Aceptar pura y simplemente: puede tener lugar de manera expresa (el heredero manifiesta su voluntad de aceptar la herencia mediante documento público o privado), o tácita (el heredero realiza actos que, por su naturaleza, implican necesariamente la voluntad de aceptar la herencia). Heredan tanto los bienes como las deudas del causante, y responden con su propio patrimonio. En este caso, los patrimonios del heredero y el causante se confunden.
  2. Aceptar a beneficio de inventario: limita la responsabilidad de los herederos, quienes sólo responden de las deudas hereditarias hasta donde alcancen los bienes recibidos​.
  3. Renunciar a la herencia: suele hacerse por motivos personales o económicos, y se formaliza mediante escritura pública ante notario.

Es fundamental tener en cuenta que la aceptación o renuncia de la herencia no puede hacerse de forma parcial ni bajo condiciones​.

Inventario: identificación del patrimonio hereditario

Una vez aceptada la herencia, se elabora un inventario que permita conocer el patrimonio global. Este inventario debe detallar:

  • Activo hereditario: bienes inmuebles, cuentas bancarias, fondos de inversión, vehículos, seguros de vida, derechos de autor, etc…en definitiva, cualquier bien o activo material o inmaterial
  • Pasivo hereditario: hipotecas, préstamos personales, deudas fiscales, gastos de última enfermedad y funeral​.

Caso práctico 1: herencia con deudas ocultas

María hereda de su tío una casa valorada en 200.000 €, pero al poco tiempo descubre que hay una deuda pendiente de 80.000 € no reflejada inicialmente. Afortunadamente, María aceptó la herencia a beneficio de inventario, lo que le permitió responder únicamente con los bienes de la herencia y proteger su patrimonio personal.

Este caso ilustra la importancia de acogerse a esta modalidad cuando existen dudas sobre la situación económica del causante​.

La partición de la herencia

La partición es el proceso por el cual los bienes hereditarios se distribuyen entre los herederos. Puede realizarse de distintas formas:

  • Partición hecha por el testador: si el testador deja especificada la división en el testamento.
  • Partición por contador-partidor: persona designada por el testador para realizar esta función​.
  • Partición por acuerdo entre los coherederos: es la opción más frecuente cuando hay buena disposición entre los herederos.
  • Partición judicial: necesaria cuando no hay acuerdo, para lo que se inicia un procedimiento en los tribunales​.

Cuando hay bienes inmuebles o bienes registrables, es obligatorio elevar la partición a escritura pública ante notario para inscribir las nuevas titularidades.

Liquidación de impuestos

Uno de los aspectos más importantes en la tramitación de una herencia y más desconocidos por los herederos es la liquidación de impuestos:

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) es un tributo estatal en España que grava los incrementos patrimoniales obtenidos a título gratuito por personas físicas, ya sea por herencia, legado o donación. Este impuesto es directo, personal, subjetivo y progresivo, teniendo en cuenta las circunstancias personales del contribuyente y el grado de parentesco con el causante o donante.

La base imponible se determina por el valor neto de los bienes y derechos adquiridos, aplicando reducciones y bonificaciones que varían según la comunidad autónoma. El tipo impositivo es progresivo, oscilando entre el 7,65% y el 34%, aunque muchas comunidades autónomas aplican bonificaciones significativas, especialmente para familiares directos como es el caso de la Comunidad de Madrid donde esa reducción es del 99%.

El plazo general para presentar la autoliquidación del impuesto es de seis meses desde el fallecimiento del causante

El plazo general para presentar la autoliquidación del impuesto es de seis meses desde el fallecimiento del causante, prorrogable por otros seis meses si se solicita dentro de los cinco primeros meses. Es importante destacar que el ISD es un impuesto cedido a las comunidades autónomas, lo que implica que cada una puede establecer sus propias reducciones, bonificaciones y tarifas, generando diferencias significativas en la carga fiscal entre regiones.

Aspectos clave:

  • Plazo: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable otros 6 meses si se solicita dentro de los 5 primeros meses.
  • Lugar de presentación: la Comunidad Autónoma donde residía el causante.
  • Reducciones y bonificaciones: muy diferentes según cada comunidad autónoma. En Madrid, por ejemplo, existe una bonificación del 99% para herederos directos​.

Plusvalía municipal

La plusvalía municipal debe liquidarse si hay transmisión de bienes urbanos. Este impuesto se calcula sobre el incremento del valor del terreno desde la adquisición hasta la transmisión​.

Caso práctico 2: reparto desigual según la voluntad del testador

Enrique dejó un testamento en el que legaba todos sus bienes a sus dos hijos: el 50% para su hija Laura y el otro 50% dividido en dos partes iguales para su hijo Marcos y su nieto David (hijo de otro hijo fallecido). A pesar de que Marcos quería impugnar esta decisión, el testamento respetaba la legítima (los dos tercios legales), por lo que se mantuvo la partición conforme a la voluntad de Enrique​.

Aspectos clave adicionales

  • Colación: las donaciones recibidas en vida se tienen en cuenta al repartir la herencia​.
  • Saneamiento entre coherederos: obligación de responder por vicios ocultos o evicción en los bienes adjudicados.
  • Pactos sucesorios: permitidos en algunas comunidades autónomas, sujeto a sus derechos forales, como en Galicia o el País Vasco​.

Tramitar y gestionar una herencia en España requiere cumplir una serie de pasos legales y fiscales que, aunque pueden parecer complejos, se simplifican enormemente cuando cuentas con la ayuda de especialistas. En B&D Abogados de Herencias en Madrid ofrecemos un servicio cercano y especializado para guiarte desde el inicio hasta la adjudicación final de la herencia, garantizando que todo el proceso se desarrolla conforme a la ley y con la máxima tranquilidad para ti.

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