En un mundo cada vez más globalizado, no es extraño que una persona fallezca dejando bienes repartidos en distintos países o que uno de los herederos resida en el extranjero. Cuando esto ocurre, hablamos de herencias internacionales, una figura cada vez más común y, a la vez, más compleja desde el punto de vista legal y práctico.
En este artículo, desde B&D Abogados de Herencias te explicamos en qué consisten las herencias internacionales, qué procedimientos hay que seguir y cómo podemos ayudarte a gestionar este tipo de sucesiones de forma clara y eficaz.
¿Qué es una herencia internacional?
Una herencia internacional se produce cuando en una sucesión intervienen elementos que afectan a más de un país. Puede tratarse de situaciones como:
- El fallecido residía en España pero tenía propiedades o cuentas bancarias en otro país.
- Una persona española fallece en el extranjero dejando bienes en su país de origen.
- Uno o varios herederos residen fuera de España.
- El testamento fue otorgado en otro país, con una legislación distinta.
En estos casos, el proceso sucesorio se complica porque hay que determinar qué ley es aplicable, cómo se reparten los bienes y qué trámites se requieren en cada jurisdicción implicada.
¿Qué ley se aplica en una herencia internacional?
Desde el 17 de agosto de 2015, en la Unión Europea se aplica el Reglamento (UE) 650/2012, que regula la sucesión internacional en el ámbito comunitario (excepto Reino Unido, Irlanda y Dinamarca, que no lo han adoptado).
Este reglamento establece que, como norma general, se aplicará la ley del país en el que el causante tuviera su residencia habitual en el momento del fallecimiento. No obstante, se permite al testador elegir que su sucesión se rija por la ley de su nacionalidad, si así lo indica expresamente en el testamento.
Por ejemplo:
- Una persona de nacionalidad francesa, residente en Madrid, puede establecer en su testamento que su herencia se rija por la ley francesa.
- Si no dice nada, se aplicará la ley española, al tener su residencia habitual en nuestro país.
Esta posibilidad de elegir la ley aplicable es clave para evitar conflictos o sorpresas en el reparto de bienes.
¿Cómo se gestionan los bienes en el extranjero?
Cuando existen bienes inmuebles, cuentas bancarias, inversiones o empresas fuera de España, es necesario iniciar procedimientos específicos en cada país para poder adjudicarlos a los herederos. Cada jurisdicción tiene sus propias normas sobre:
- Reconocimiento de testamentos extranjeros.
- Traducción y legalización de documentos.
- Tributación de la herencia (impuestos locales).
- Registro de propiedades o bienes.
- Plazos y formalidades notariales.
En muchos casos, se exige una traducción jurada del testamento o del certificado de últimas voluntades, así como la apostilla de La Haya en los documentos notariales para que tengan validez en el país extranjero.
Además, puede ser necesario obtener un Certificado Sucesorio Europeo, un documento previsto por el Reglamento europeo que acredita la condición de heredero y facilita la gestión de los bienes en otro Estado miembro.
¿Qué ocurre si el fallecido tenía bienes en España y en el extranjero?
En estos casos, lo ideal es coordinar los procedimientos en ambos países, teniendo en cuenta si existe testamento, qué ley se aplica y qué normativa fiscal afecta a cada parte de la herencia.
Es habitual que los herederos tengan que tramitar la herencia en paralelo en distintos países, lo que requiere una buena planificación legal y coordinación entre abogados y notarios de ambos Estados.
¿Hay que pagar impuestos en más de un país?
Sí, es posible que se tenga que tributar tanto en España como en el país en el que se encuentren los bienes heredados. En España, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones grava toda la herencia recibida por residentes fiscales españoles, incluso si los bienes se encuentran en el extranjero.
En estos casos, para evitar la doble imposición, pueden aplicarse los mecanismos previstos en los convenios internacionales o, en su defecto, la deducción por doble imposición prevista en la normativa española.
En B&D Abogados de Herencias te asesoramos
Gestionar una herencia internacional puede resultar especialmente complejo. Los trámites legales, notariales, fiscales y registrales requieren conocimientos técnicos y experiencia en derecho sucesorio internacional.
En B&D Abogados de Herencias estamos especializados en herencias con elementos internacionales. Te ayudamos en cada paso:
- Estudio de la ley aplicable y del testamento.
- Tramitación del certificado de últimas voluntades y certificado sucesorio europeo.
- Coordinación con notarios y registros extranjeros.
- Gestión del impuesto de sucesiones en España y en otros países.
- Traducciones y legalizaciones de documentos.
- Asistencia a herederos que residen fuera de España.
Sabemos que este tipo de herencia puede generar incertidumbre y muchas dudas. Por eso ofrecemos un servicio cercano, transparente y adaptado a cada caso.
La primera consulta informativa es gratuita. Si necesitas ayuda con una herencia con bienes en el extranjero o con herederos fuera de España, contacta con nosotros. Te ayudaremos a resolverlo con eficacia y tranquilidad.