Una de las preguntas más frecuentes que recibimos en nuestro despacho es: ¿qué ocurre cuando una persona fallece sin dejar testamento? Esta situación, lejos de ser excepcional, es más habitual de lo que parece. En estos casos, es necesario tramitar lo que se conoce como herencia abintestato, un procedimiento regulado por el Código Civil Está por el artículo 658 y los artículos 912 y siguientes, que establece de forma clara quiénes tienen derecho a heredar y en qué orden.
En este artículo te explicamos con detalle qué es una herencia sin testamento, qué pasos hay que seguir y cómo se determina quiénes son los herederos legales. Si estás en esta situación, sigue leyendo porque te aclaramos todo lo que necesitas saber.
¿Qué es una herencia abintestato?
La herencia abintestato es aquella que se produce cuando una persona fallece sin haber otorgado testamento válido, o cuando el testamento no dispone sobre todos los bienes, ha sido anulado o los herederos designados no pueden o no quieren aceptar la herencia.
En estos casos, no hay una voluntad expresa del fallecido sobre el destino de su patrimonio, por lo que se aplican las normas del Código Civil (artículos 912 y siguientes), que establecen el orden legal de llamamiento a la herencia.
¿Por qué fallece tanta gente sin haber hecho testamento?
A pesar de que hacer testamento es un trámite sencillo, económico y altamente recomendable, lo cierto es que muchas personas fallecen sin haberlo otorgado. Las causas pueden ser muy diversas, pero hay varios factores que se repiten con frecuencia:
Falta de información o desconocimiento
Una de las razones más habituales es el desconocimiento. Muchas personas no saben cómo se hace un testamento, piensan que es un trámite complejo o costoso, o simplemente creen que solo es necesario si se tiene mucho patrimonio. Nada más lejos de la realidad: cualquier persona, tenga muchos o pocos bienes, puede (y debe) planificar su sucesión.
Creencias erróneas sobre la edad o el momento adecuado
Existe la idea de que el testamento es algo que debe hacerse “cuando uno ya es mayor” o está enfermo, y esto hace que se postergue indefinidamente. La realidad es que un testamento puede hacerse en cualquier momento de la vida adulta y modificarse tantas veces como se desee.
Confianza en que “la ley lo resolverá”
También hay quienes, sabiendo que existe una regulación legal de la herencia en caso de no testar, confían en que el reparto legal será justo y no se preocupan por dejar nada por escrito. Sin embargo, esto puede dar lugar a situaciones no deseadas, como conflictos entre herederos o reparto desigual del patrimonio.
Miedo, rechazo o carga emocional
Para algunas personas, hablar de la muerte o dejar su voluntad por escrito genera rechazo o incomodidad. Evitar enfrentarse a este momento lleva a posponer decisiones importantes, incluso cuando son conscientes de su conveniencia.
Conflictos familiares o falta de herederos claros
En otros casos, la persona no sabe a quién dejar su herencia o tiene conflictos no resueltos con sus familiares, lo que le lleva a dejar el asunto sin resolver. También puede ocurrir que no tenga herederos directos y no sepa cómo orientar su testamento, dejando la decisión sin tomar.
¿Quién hereda cuando no hay testamento?
El Código Civil establece un orden preferente de herederos legales, en función del parentesco con el fallecido. Vamos a repasar los distintos escenarios posibles:
1. Descendientes del fallecido
Los primeros en heredar, en ausencia de testamento, son los hijos e hijas del causante, a partes iguales. Si alguno de ellos ha fallecido previamente, su parte pasará a sus propios descendientes (nietos del fallecido), por derecho de representación.
Ejemplo: Si un padre fallece sin testamento y tiene tres hijos, cada uno heredará un tercio. Si uno de ellos ha fallecido dejando dos hijos, estos dos nietos heredarán entre los dos el tercio que le correspondía a su padre.
2. Ascendientes del fallecido
Si el fallecido no tenía hijos ni nietos, heredan los padres, también a partes iguales. Si solo vive uno de ellos, hereda la totalidad. Si no hay padres, heredan los abuelos, y así sucesivamente en la línea ascendente.
3. Cónyuge viudo
El cónyuge del fallecido tiene derecho a heredar en todos los casos, pero nunca desplaza a los descendientes o ascendientes. Su derecho depende de con quién concurra:
- Si hay hijos, el cónyuge tiene derecho al usufructo del tercio de mejora.
- Si hay ascendientes pero no hijos, tiene derecho al usufructo de la mitad de la herencia.
- Si no hay descendientes ni ascendientes, hereda todo en pleno dominio.
Importante: este derecho solo corresponde si el cónyuge no estaba separado legalmente ni de hecho en el momento del fallecimiento.
4. Hermanos y sobrinos
Si no hay descendientes, ascendientes ni cónyuge, la ley llama a heredar a los hermanos del fallecido. Si alguno ha fallecido, sus hijos (sobrinos del causante) podrán heredar por derecho de representación.
5. Otros parientes colaterales
En ausencia de los anteriores, heredarán los tíos, primos hermanos u otros parientes hasta el cuarto grado. Más allá de este límite, no se reconoce el derecho a heredar por parentesco.
6. El Estado
Si no existe ningún pariente hasta el cuarto grado ni cónyuge, la herencia pasará al Estado. Este será el heredero forzoso en última instancia y deberá destinar el patrimonio heredado a fines de interés general.
¿Cómo se tramita una herencia sin testamento?
La tramitación de una herencia abintestato requiere realizar varios pasos esenciales:
- 1. Solicitar el certificado de defunción: Se obtiene en el Registro Civil del lugar de fallecimiento.
- 2. Obtener el certificado de últimas voluntades: Este documento, expedido por el Ministerio de Justicia, confirma que no existe testamento registrado.
- 3. Iniciar la declaración de herederos abintestato: Se realiza ante notario si los herederos son descendientes, ascendientes o cónyuge. En otros casos, se tramita judicialmente. Durante este procedimiento, se presentan documentos que acrediten el parentesco y, si es necesario, testigos. El notario emitirá un acta de declaración de herederos, que permitirá a estos actuar legalmente como tales.
- 4. Aceptación y partición de la herencia: Una vez declarados los herederos, se realiza el inventario de bienes, se liquida el Impuesto de Sucesiones y se procede a la repartición de los bienes entre ellos.
Conclusión
Cuando una persona fallece sin testamento, la ley garantiza que sus bienes pasen a sus familiares más cercanos, en un orden determinado. No obstante, este procedimiento puede resultar complejo y generar dudas o conflictos entre los posibles herederos.
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